¿Tiene una hipoteca? entonces tiene una cláusula de gastos
¿Puedo reclamarla?
Cuando usted firmo su hipoteca, el banco le añadió una clausula en la escritura por la que le trasladaba a usted, gastos, que debía pagar él. Dicha cláusula ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo en STS 705/2015 de 23
de diciembre en base a un principio básico: Esos gastos corresponden a aquel (el Banco) al que el hecho a inscribir (la hipoteca) va a beneficiar.
Igualmente debe declararse abusiva la citada clausula, porque en la misma no se señala, ni siquiera de forma aproximada, los gastos que debería asumir el cliente, que se encontraba directamente con las facturas de registro, notario, impuestos y gestorías y que además, en la mayoría de los casos, a través de esa misma clausula, había autorizado al banco, al cobro de las citadas facturas directamente en su cuenta bancaria.
Tras el enorme éxito obtenido en reclamaciones bancarias por particiapciones preferentes y cláusula suelo, Lexterloi inicia su nuevo proyecto en el ámbito del derecho bancario: Cláusula de gastos.
Señalado lo anterior y en base al convencimiento absoluto del éxito de la acción a ejercitar, Lexterloi ha establecido unas tarifas tremendamente ventajosas, para que los consumidores puedan reclamar sus derechos con expertos en Derecho Bancario sin que ello suponga un gran desembolso.